Juicio por jurados: prisión perpetua para dos acusados de un femicidio

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Dos hombres fueron condenados a prisión perpetua en el juicio por jurados realizado por el femicidio de Alejandra Agustina Vargas, cometido en San Justo en 2023. Se trata de Julián Federico Obregón, de 26 años, y Lucas Sebastián Páez, de 25, declarados por culpables en el debate realizado en los Tribunales de Santa Fe.

Según se indicó desde el Ministerio Público de la Acusación (MPA), el jurado popular llegó al veredicto por unanimidad luego de dos horas de deliberación secreta. Ya conocida la decisión del jurado, tuvo lugar lo que se denomina audiencia de cesura en la que la jueza Cecilia Labanca determinó la pena de prisión perpetua que habían solicitado los fiscales María Laura Urquiza y Estanislao Giavedoni.

Obregón era la pareja de la víctima y fue condenado como coautor del delito de homicidio calificado por el vínculo, por ser cometido con alevosía y por ser perpetrado por un hombre en contra de una mujer en contexto de violencia de género. El mismo delito se le achacó a Páez.

Femicidio

Vargas fue asesinada entre las 6.30 y las 8 de la mañana del miércoles 1º de marzo de 2023 en una vivienda de Enrique Rodríguez al 2100, en la ciudad de San Justo. Según los fiscales, Obregón y Páez “actuaron de acuerdo a un plan previo y se distribuyeron las tareas que realizó cada uno con el objetivo de quitarle la vida a la mujer”.

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“La víctima —recordaron los fiscales— estaba dormida y los condenados le colocaron un cable alrededor del cuello. En uno de los extremos del cable realizaron un nudo, la otra punta la ataron a un parante del techo de la casa y dejaron a la mujer colgada, lo cual le provocó la muerte por asfixia por ahorcamiento”.

Urquiza y Giaveni remarcaron que los acusados “actuaron sobre seguro, sin riesgos para sí mismos y aprovechando el estado de absoluta indefensión en que encontraba la víctima para lograr su cometido de darle muerte”, plantearon los funcionarios, lo cual configura el agravante de la alevosía.

Los fiscales agregaron que el femicidio se dio en el marco de “una relación de pareja entre Obregón y la víctima, signada por la violencia física y psicológica”. En este sentido remarcaron que “se trataba de una relación desigual de poder, en la que Obregón era capaz de atentar contra la seguridad y la vida de Vargas”.

“Páez —agregaron— actuó a sabiendas del vínculo de pareja que mantenían Obregón y Vargas y las características de esta relación. Según las previsiones legales, la calificante del vínculo se traslada al coautor siempre que se pueda comprobar que conocía la relación de pareja, tal como ocurrió en este caso”.

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