A través de su Área Operativa de Fraude Financiero y Mercado de Capitales, la Procelac explica características propias de las estafas piramidales, las formas de establecer si un intermediario está autorizado para operar en el país y los recaudos que pueden adoptarse previo a realizar una inversión.
Ante diversas modalidades defraudatorias detectadas en el último tiempo, el Área Operativa de Fraude Financiero y Mercado de Capitales de la Procuraduría de Criminalidad Económica y lavado de Activos (Procelac) advierte al público inversor sobre los riesgos de las actividades o inversiones financieras con valores negociables y/o activos virtuales.
La procuraduría especializada, a cargo del fiscal general Diego Velasco, puntualiza que ningún emprendimiento de inversión legítimo debería garantizar la obtención de ganancias preestablecidas, fijas y seguras, sin riesgos.
Al respecto, señala que tampoco correspondería que se ofrezcan recompensas a partir del reclutamiento de nuevos inversores y/o el empleo de un sistema de referidos o de categorías por niveles, donde se prometen mayores tasas de interés o comisiones a los que ingresen más personas al esquema. En tal sentido, apunta que la implementación de esta clase de incentivos es característico de las estafas piramidales.
En efecto, de acuerdo a la oficina especializada del Ministerio Público Fiscal, la persona con deseos de invertir debe tener en cuenta que en ese tipo de ofrecimientos no se realizan verdaderas inversiones, pues suele carecerse de un producto o servicio de valor real, y las ganancias son solventadas únicamente con el dinero de los nuevos inversores.
La procuraduría describe que, de esa forma, mientras el flujo de participantes es constante, se pueden percibir los retornos prometidos. Sin embargo, cuando el número de inversores disminuye o se detiene, el esquema colapsa y los participantes pierden su inversión.
La importancia de conocer al intermediario
La PROCELAC recomienda averiguar sobre el emprendimiento o plataforma digital antes de tomar cualquier decisión de inversión. En tal sentido, señala:
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Los intermediarios o agentes de liquidación y compensación (ALyC) deben estar autorizados y registrados por la Comisión Nacional de Valores (CNV) para operar en el mercado bursátil.
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Ningún otro certificado de autorización o registro en mercados extranjeros es válido para operar en Argentina.
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Registro oficial de ALyC autorizados: CNV Registro Público de Agentes
La obligación de registro en Argentina rige tanto para la oferta de valores negociables como para la de activos virtuales (criptomonedas, tokens, etc.).
Mediante la Ley 27.739 se designó a la CNV como regulador de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), imponiendo obligaciones de registro, ciberseguridad, custodia de activos, prevención de lavado de dinero y divulgación de riesgos.
También se creó un registro público de PSAV autorizados, disponible aquí: Registro PSAV CNV
Recomendaciones
Para evitar estafas y defraudaciones, o al menos conocer los riesgos antes de iniciar actividades de inversión o transferir dinero, la PROCELAC sugiere:
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Realizar averiguaciones en Internet sobre el emprendimiento, plataforma o agente para detectar posibles denuncias o reclamos.
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Consultar en la web oficial de la CNV si el emprendimiento, plataforma o agente está registrado y autorizado. También es posible ver advertencias y ceses: Protección al Inversor CNV
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Comparar las ganancias prometidas con las tasas oficiales publicadas por el Banco Central: Principales Variables del BCRA. Si son muy superiores, probablemente haya un alto riesgo o sea un fraude.
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En el caso de criptoactivos, evaluar si es una moneda reciente y si tiene blockchain respaldatoria. Atención a las maniobras conocidas como “rug pulls”: proyectos que captan inversores con promesas y luego desaparecen dejando tokens sin valor.
Ante la sospecha de haber sido víctima de una estafa o de operaciones delictivas, se aconseja efectuar una denuncia.